Inguralde

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Plazo para entregar justificaciones hasta el 10 de julio

Los documentos que se deben aportar son los siguientes:

  • Certificado actualizado expedido por la Hacienda que corresponda, que acredite el alta en el IAE y el último recibo del citado impuesto, cuando la empresa lleve a cabo actividades sujetas al mismo. En caso de estar exentos del pago, se deberá acreditar mediante declaración responsable.
  • Certificados actualizados que acrediten el cumplimiento de las obligaciones tributarias (expedidas por la Hacienda que corresponda) y con la Seguridad Social.
  • Recibo de liquidación de cotizaciones (TC1), Relación nominal de trabajadores/as (TC2) y justificante bancario del pago realizado.
  • Informe de Datos de Cotización (IDC) correspondiente a la persona trabajadora.
  • Copia de nóminas y justificación de haber realizado el pago de las mismas.
  • Declaración responsable de la persona representante legal de la empresa o entidad indicando el importe abonado en cuotas a la Seguridad Social de la persona contratada. Consulta del modelo
  • Cualquier otra documentación que se pueda requerir para comprobar el efectivo cumplimiento de las condiciones de la subvención otorgada.

 

El plazo para presentar solicitudes ha finalizado
el viernes 12 de abril a las 14:00

El Ayuntamiento de Barakaldo, a través de su Agencia de Desarrollo Inguralde, ofrece ayudas a la contratación a entidades o empresas de Barakaldo que contraten personas desempleadas de Barakaldo:

Estas ayudas se inscriben en el marco de las Acciones Locales de Promoción de Empleo financiadas por Lanbide - Servicio Vasco de empleo, BOPV de 20 de junio de 2018.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará tras la publicación de la Convocatoria.

Regulación de las ayudas

Condiciones generales de las ayudas

  • Duración mínima de los contratos: 3 meses a media jornada
  • Los contratos deben suponer una creación neta de empleo respecto a la plantilla media de los últimos 3 meses
  • Ayuda máxima de 3.000 € por contrato de trabajo a jornada completa de tres meses de duración y ayuda máxima de 6.000 € por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses, sin que la cuantía final de la misma no pueda superar el 75% de los costes salariales.
  • En caso de que las personas contratadas pertenezcan a colectivos especiales, no podrá superar el 100% de los costes salariales, incluidas las indemnizaciones por fin de contrato, y de seguridad social de las personas contratadas, hasta un límite máximo de 9.000,00 €.
  • Se consideran colectivos especiales: las personas perceptoras titulares o beneficiarias de la Renta de Garantía de Ingresos, personas menores de 35 años, personas que hayan estado inscritas como demandantes en Lanbide-SVE durante los 540 días anteriores a la contratación siempre que en ese período hayan estado en situación de desempleo, al menos, 360 días y personas desempleadas mayores de 55 años.
  • Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 10% adicional cuando los contratos se celebren con mujeres en ocupaciones en las que su presencia respecto a los hombres sea inferior al 50%. (Comprobar en la tabla que contiene dichas ocupaciones)
  • Podrán ser objeto de subvención las contrataciones cuya fecha de formalización esté comprendida entre el 21 de junio de 2018 y 1 de abril de 2019, ambas fechas incluidas.

Solicitud de las Ayudas

Guía de Solicitud de las Ayudas

Avanzamos a continuación la documentación que deberá adjuntarse a la solicitud

1.- Documentación referida a la empresa o entidad:

  • Fotocopia de escrituras de constitución debidamente inscritas en el Registro Público que corresponda
  • Fotocopia de número de Identificación fiscal.
  • Fotocopia del DNI de la persona representante legal (en caso de entidades sin personalidad jurídica una por cada persona componente de la entidad) y escritura de apoderamiento, en su caso.
  • Certificado expedido por la Hacienda que corresponda que acredite el alta en el IAE y el último recibo del citado impuesto. En caso de estar exentos del pago, se deberá acreditar mediante declaración responsable.
  • En su caso, fotocopia de solicitud de apertura de centro de trabajo en Barakaldo.
  • En el caso de entidad sin personalidad jurídica, un Número de Identificación Fiscal. Además, compromisos de ejecución de cada miembro, así como importe de la subvención que se aplicará a cada uno.
  •  Certificados que acrediten el cumplimiento de las obligaciones tributarias (expedidas por la Hacienda que corresponda) y con la Seguridad Social. Estos certificados deberán ser de fecha posterior a la de publicación de la presente convocatoria.
  • Declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Incluido en la instancia de solicitud).
  • Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos de falta de parentesco respecto a las contrataciones para las que se solicita subvención (Incluido en la instancia de solicitud)
  • Declaración responsable de existencia de otras ayudas (Incluido en la instancia de solicitud)
  • Declaración responsable de creación neta de empleo (Incluido en la instancia de solicitud)
  • Ficha de acreedor - terceros para el abono de la ayuda.

2.- Documentación referida a la contratación:

  • Fotocopia del contrato laboral y comunicación del mismo a Lanbide.
  • Alta de la persona trabajadora en la Seguridad Social.
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de plantilla media total existente en la empresa durante los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de incorporación de las personas cuyo contrato sea objeto de subvención.
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de plantilla  total existente en la empresa el día de incorporación de las personas cuyo contrato sea objeto de subvención.
  • Convenio que regula la contratación y porcentaje de jornada laboral (Incluido en la instancia de solicitud)

3.- Documentación referida a la persona contratada:

  • Fotocopia del DNI de la persona contratada.
  • Informe de vida laboral de la persona contratada.
  • Documento acreditativo de la situación de desempleo de la persona contratada (DARDE de Lanbide – Servicio Vasco de Empleo)
  • En su caso, documentación justificativa de que la persona contratada es titular de la percepción de RGI.
  • En su caso, documentación justificativa de la condición de la persona contratada de ser una persona con diversidad funcional.
  • En su caso, documentación justificativa de que la persona contratada es una mujer víctima de violencia de género.
  • En su caso, documentación justificativa de ser joven mayor de 18 años y menor de 30, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
  • En su caso, documentación justificativa de ser una persona con problemas de drogodependencias u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
  • En su caso, documentación justificativa de ser una personas internada en centros penitenciarios cuya situación penitenciaria le permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como liberados/as condicionales y ex reclusos/as.
  • En su caso, documentación justificativa de ser una persona menor de edad interna incluida en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el artículo 53.4 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y ex internos.
  • En su caso, documentación justificativa de ser una persona procedente de centros de alojamiento alternativo autorizados por las autoridades competentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • En su caso, documentación justificativa de ser una mujer con responsabilidades familiares. Se considerarán mujeres con responsabilidades familiares, aquéllas que tengan a su cargo cónyuge y/o hijos/as menores de 26 años o mayores incapacitados/as, o bien menores acogidos/as.
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