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Ayudas a la contratación

Se subvencionará la contratación indefinida, así como de duración determinada de los artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos, siendo la duración mínima de éstos últimos de 3 meses, con un mínimo de media jornada, de personas desempleadas de Barakaldo inscritas y de alta como demandantes de empleo en Lanbide-SVE por empresas de Barakaldo que formalicen la misma en el período comprendido entre el 1 de junio de 2023 y 31 de mayo de 2024.

Condiciones generales de las ayudas

  • Contratación de personas desempleadas de Barakaldo e inscritas y de alta como demandantes de empleo en Lanbide-SVE. Ambas condiciones han de darse el día anterior al inicio del contrato.
  • Los contratos serán indefinidos y podrán ser a jornada completa o tiempo parcial con un mínimo del 50% de jornada.
  • Las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente interiores a la incorporación de la persona cuyo contrato se subvencione.
  • La extinción de los contratos de trabajo en los primeros doce meses supondrá el reintegro de la subvención concedida.
  • La ayuda será de 8.000 euros anuales por cada contrato de trabajo a jornada completa. En el caso de contratación a tiempo parcial la subvención será proporcional a la jornada trabajada.
  • La cuantía final, en este caso, no podrá superar el 75% de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.
  • En el supuesto de contratación de personas Perceptoras titulares o beneficiarias de la RGI, menores de 35 años, Paradas de larga duración o mayores de 55 años el importe será de 10.000€.
  • En este caso, la cuantía final no podrá superar el 100% de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa
  • Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 10% adicional cuando los contratos se celebren con mujeres.
  • Los contratos a artistas y personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos tienen alguna consideración especial.
  • Podrán ser objeto de subvención las contrataciones cuya fecha de formalización esté comprendida entre el 1 de junio de 2023 y 31 de mayo de 2024, ambas fechas incluidas.

Solicitud de las Ayudas

Guía de Solicitud de las Ayudas

Avanzamos a continuación la documentación que deberá adjuntarse a la solicitud.

1.- Documentación referida a la empresa o entidad:

  • Instancia de solicitud debidamente cumplimentada
  • Fotocopia de escrituras de constitución debidamente inscritas en el Registro Público que corresponda.
  • Fotocopia de número de Identificación fiscal.
  • Fotocopia del DNI del o de la representante legal y escritura de apoderamiento, en su caso.
  • Certificado expedido por la Hacienda que corresponda que acredite el alta en el IAE y el último recibo del citado impuesto, cuando la empresa lleve a cabo actividades sujetas al mismo. En caso de estar exentos del pago, se deberá acreditar mediante declaración responsable.
  • En el caso de entidad sin personalidad jurídica, ésta habrá de estar dotada de un Número de Identificación Fiscal y deberá hacer constar los compromisos de ejecución de cada uno de sus miembros y el importe de la subvención que se aplicará a cada uno de ellos/as, adquiriendo así la condición de Beneficiarios/as.
  • Certificados que acrediten el cumplimiento de las obligaciones tributarias (expedidas por la Hacienda que corresponda) y con la Seguridad Social. Estos certificados deberán ser de fecha posterior a la de publicación de la presente convocatoria.
  • Declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Incluido en la instancia de solicitud).
  • Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos de falta de parentesco respecto a las contrataciones para las que se solicita subvención (Incluido en la instancia de solicitud)
  • Declaración responsable de existencia de otras ayudas (Incluido en la instancia de solicitud)
  • Ficha de terceros para el abono de la ayuda
  • Documento que acredite la titularidad bancaria.

2.- Documentación referida a la contratación:

  • Fotocopia del contrato laboral.
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de plantilla media total existente en la empresa durante los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de incorporación de las personas cuyo contrato sea objeto de subvención.
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de plantilla media total existente en la empresa a la fecha de incorporación de las personas cuyo contrato sea objeto de subvención.
  • Informe de Datos de Cotización (IDC) correspondiente a la persona trabajadora.

3.- Documentación referida a la persona contratada:

  • Fotocopia del DNI de la persona contratada.
  • Informe de vida laboral de la persona contratada.
  • Certificado de Lanbide de períodos de inscripción
  • En su caso, documentación justificativa de la condición de la persona contratada de ser una persona con diversidad funcional.
  • En su caso, documentación justificativa de ser una persona con problemas de drogodependencias u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
  • En su caso, documentación justificativa de ser una persona internada en centros penitenciarios cuya situación penitenciaria le permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como liberados/as condicionales y exreclusos/as.
  • En su caso, documentación justificativa de ser una persona procedente de centros de alojamiento alternativo autorizados por las autoridades competentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Regulación de las ayudas

Para contrataciones realizadas entre 1 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2024, ambas fechas incluidas, por empresas de Barakaldo a personas desempleadas, inscritas en Lanbide como demandantes de empleo y empadronadas en Barakaldo.

Trámite de la solicitud

Las personas trabajadoras por cuenta propia podrán realizar la solicitud, tanto a través de la sede electrónica del ayuntamiento de Barakaldo, como presencialmente en el registro de Inguralde en la calle Aldapa 3A.

Las demás entidades deberán hacerlo a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Barakaldo.

 

+ Información:

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